El ser humano está empapado de un mecanismo de sociabilidad estable de su propia naturaleza, por esta razón necesita el contacto de otros seres humanos para encontrar su equilibrio y vivir en armonía, es así como se ha unido de generación en generación formando, desde las formas más antiguas, como la familia, hasta las más sofisticadas, como la sociedad, una red humana de relaciones que le permiten alcanzar un desarrollo integral.
La familia, es el primer ambiente para el desarrollo armónico; debido a que es la forma más antigua de asociación, posterior a la cual nace el estado y a la par de la historia las normas de convivencia, el derecho como factor y producto social aparece para regular las conductas y establece formas legales para controlar las actuaciones de los particulares y del Estado mismo, ejemplo de ello es la instauración de la figura del matrimonio como institución mediante la cual un hombre y una mujer sin impedimentos legales pueden decidir convivir juntos, bajo un mismo techo, con el fin de amarse y procrear formalizando su unión ante un funcionario del Estado para que tal acto tenga fe pública, formando por ende y en definitiva una familia.
Matrimonio:
El Matrimonio (del latín: matrimonīum) es una antigua institución social presente en gran cantidad de culturas, que establece un vínculo conyugal entre personas naturales, reconocido y consolidado por medio de prácticas comunitarias y normas legales, religiosas o morales. Al contraer matrimonio, los cónyuges adquieren diversos derechos y obligaciones. El matrimonio también legitima la filiación de los hijos que son procreados por sus miembros.
En los últimos años, cada vez más Estados han aceptado el matrimonio entre personas del mismo sexo, con lo que esta unión conyugal ha dejado de ser patrimonio de la heterosexualidad, además existen otras figuras legales que contemplan derechos para personas que asumen formas distintas de permanencia bajo la similitud del matrimonio sin llegar a serlo.
Unión Libre de Hecho:
Se define como la cohabitación o vida en común, elemento que puede ser sustituido por la convivencia en visitas constantes, socorro mutuo, ayuda económica reiterada, vida social conjunta, e hijos, entre un hombre y una mujer, sin impedimentos para contraer matrimonio, tal unión será con carácter de permanencia (dos años mínimo), y que la pareja sea soltera, formada por divorciados o viudos entre sí o con solteros, sin que existan impedimentos que imposibiliten el matrimonio. Y para reclamar posibles efectos civiles del matrimonio es necesario que una sentencia definitivamente firme la reconozca, siendo la relación excluyente de otras con iguales características.
De acuerdo a las definiciones, se puede decir que existen importantes diferencias y/o semejanzas entre el Matrimonio y la Unión libre de hecho. En consecuencia, encontramos que:
- El Matrimonio Implica que solo se puede contraer entre un solo hombre y una sola mujer, su consentimiento se fundamenta en el acuerdo entre los contrayentes de tomarse como marido y mujer, el cual debe manifestarse en el momento de la celebración del acto. Y en la Unión libre de hecho al igual que el matrimonio, implica que solo se puede existir una unión entre un solo hombre y una sola mujer, para ser considerada como válida. Y el consentimiento se fundamenta en el acuerdo entre los unidos de tomarse como pareja, entre ellos y ante los demás, no siendo necesaria la convivencia bajo el mismo techo.
- En el Matrimonio la perpetuidad depende de la voluntad la cual para ser válida no puede someterse a término ni condición alguna, esto indica que si los cónyuges lo desean pueden estar juntos toda la vida de estos. Y en la Unión libre de hecho la unión también implica permanencia en el tiempo y debe ser mínimo dos años.
- La formalidad en el Matrimonio está sujeto a ciertas formas legales: ante una autoridad civil, para que sea formalizado el vínculo matrimonial es necesaria la presencia de un funcionario público que de fe del acto para que una vez que los contrayentes manifiesten sus voluntades el declare la formación de tal lazo. Y en la Unión libre de hecho no está sujeto a formas legales, solo que aquel que lo alegue debe probarlo y ha de ser declarado o reconocido para que surta efectos, mediante sentencia definitivamente firme.
- El Matrimonio puede quedar disuelto por el divorcio. Mientras que la Unión libre de hecho puede quedar disuelto por el acuerdo de voluntades y si alguno de los unidos desea reclamar bienes debe establecerse en la sentencia la fecha de inicio de la relación y la fecha de terminación de la misma.